¿QUIENES PUEDEN COMPRAR INMUEBLES EN EL URUGUAY?
En Uruguay cualquier persona puede comprar bienes inmuebles - sea uruguayo o extranjero. Tampoco hay restricción en cuanto al tipo de propiedad que se ha de adquirir - casa, apartamento, campos, chacras, u otros.
¿Cómo se puede comprar un bien inmueble en el Uruguay?
Puede comprar una o varias personas individuales, o por una compañía o corporación.
¿Cómo se efectiviza la compra de una propiedad? Allí aparece la figura del escribano - profesional ( designado por el comprador) que le habrá de garantizar que la propiedad tenga los títulos en impecable estado. En definitiva, protege los intereses del comprador y verifica el estado de los títulos a los efectos de que se pueda realizar el negocio.
Pasos del proceso de compra : Una vez que se logra un acuerdo en el precio del bien a comprar; el escribano designado por el comprador se comunica con el vendedor o su representante o con la inmobiliaria y se acuerda en la redacción de un boleto de reserva. En él las partes aseguran estar de acuerdo en el negocio, y reconocen pagar las comisiones pertinentes; igualmente se establece la multa en caso de incumplimiento;se establece la cantidad a depositar por parte del comprador (como reserva - ese monto generalmente es del 10% del precio total; se establece un plazo de 30 a 45 días para el estudio de títulos y se establece la fecha de escritura final. Posteriormente se redacta el documento final y cada una de las partes obtiene lo que quería: el dinero por parte del vendedor y el bien por parte del comprador. ( el escribano deberá registrar ese documento en el Registro Público)
Costos que deberá tener en cuenta el comprador: Entre todo se calcula de un 10 % más en relación al precio de compra que se divide en lo siguiente: a) comisión inmobiliaria ( 3% más iva); honorarios del escribano (igual monto); timbres e impuestos a los efectos del registro 0,55%; tasas y certificados de registros - aproximadamente U$S 300 ( trescientos dólares) e ITP que es el 2% del valor fiscal de la propiedad.
El vendedor al momento de hacer la transacción deberá tener en cuenta: comisión de la inmobiliaria ( 3% +Iva); ITP que es el 2% del valor fiscal de la propiedad e IRPF que generalmente es el 1,8 % del valor de venta o 12% de la ganancia entre la compra anterior y esta venta - dependiendo cuando se haya adquirido el bien - según lo establece la ley.
Otras buenas sugerencias:
a) si está en el extranjero y/o es extranjero y no está en el país al momento del acto - dejar un poder a su escribano o abogado para que lo represente.
b) decidir la mejor estructura de compra con su escribano, abogado o asesor inmobiliario.
c) abrir una cuenta bancaria - donde se deposita el dinero y/o desde donde se habrá de extraer el dinero para la transacción.
Esperamos que esta breve reseña haya sido de vuestro agrado.